Documento Unico de Identidad (DUI). Según la Ley de Emisión de Documento Unico de Identidad. Es el documento oficial para identificar plenamente a un ciudadano su país de origen en todo acto jurídico publico y privado.
El DUI es emitido por el Registro Nacional de las Personas Naturales del país por medio de las Delegaciones ubicadas en territorio nacional y en los Estados Unidos de America, algunas veces.
A la fecha de hoy si ud. vive fuera del El Salvador, solo por medio de los consulados de del país de se puede obtener el DUI.
El DUI, es el Documento Unico de Identidad, suficiente y necesario, para identificarte como mayor de 18 años y te permite realizar cualquier trámite de su país desde los Estados Unidos de América o de cualquier otro país, de forma fácil y rápida.
Su vigencia es de 5 años a partir de la fecha de emisión.
BENEFICIOS DE TENER TU DUI
1) Te identifica de manera feaciente.
2) Te facilita la obtención de información en oficinas publicas y privadas como: Juzgados, ministerios, ISTA, ISSS, IPFA, INPEP, administradoras de fondos de pensiones y bancos del sistema.
3) Te permite realizar tramites legales que surtan efecto en su país de origen, por ejemplo:– Aceptación de herencias.– Tramites de pensiones. – Compra y venta de inmuebles.– Formalización de testamentos.– Constitución de empresas mercantiles.– Matrimonio por Poder.– Divorcios.– Tramite de Pasaporte.– Cancelación de hipotecas y gravámenes.– Certificación de documentos de estudio de escuelas, colegios y universidades,– Incorporación de profesionales en Estados Unidos.
REQUISITOS PARA OBTENER TU DUI
1) Si ya tuviste DUI en país, el único requisito es presentarse al DUICENTRO y pagar el impuesto.
2) Certificación de Partida de Nacimiento en original y con menos de dos años de haber sido extendida.
3) Sí eres mayor de 18 años, deberas presentar al menos uno de los siguientes documentos:A) DOCUMENTOS EMITIDOS POR AUTORIDADES:– Cédula de Identidad Personal o certificación de ficha de la misma.– Carnet electoral.– Licencia de conducir.– Pasaporte.– Carnet de Naturalización país de origen expedido por la Dirección General de Migración.
B) DOCUMENTOS VIGENTES EXTENDIDOS POR AUTORIDADES EXTRANJERAS:
– Tarjeta de Residencia Permanente con foto.
– Tarjeta de Residencia Temporal.
– Tarjeta de autorización para trabajar.
– Documento de viaje para refugiados.
– Documento de autorización para trabajar, expedida por el servicio de inmigración.